Propuesta de Directiva del Consejo de la Unión Europea para prorrogar la inversión del sujeto pasivo en determinadas operaciones
Por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que respecta al art. 199; 199 bis; 199 ter y 199 quarter cuyo vencimiento esta establecido para el 30/06/2022.
Se propone a la prórroga del período de aplicación del mecanismo opcional de inversión del sujeto pasivo en relación con determinadas entregas de bienes y prestaciones de servicios susceptibles de fraude, y del mecanismo de reacción rápida contra el fraude en el ámbito del IVA.
En resumen se propone la prórroga de inversión del sujeto pasivo: «Hasta el 31 de diciembre de 2025, los Estados miembros podrán establecer que el deudor del IVA sea el sujeto pasivo destinatario de cualquiera de los siguientes bienes y servicios:»
Por ejemplo, la transferencia de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, las entregas de teléfonos móviles, las entregas de certificados de gas y electricidad, la prestación de servicios de telecomunicaciones, y las entregas de cereales y otros cultivos industriales.
Asi como, la medida especial de introducción del mecanismo de reacción rápida regulada en el art. 199 ter y 199 quarter Directiva 2006/112/CE, apartado 1 se aplicará hasta el 31 de diciembre de 2025.».